Artículo 60 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes una central eléctrica para tu propio consumo (como paneles solares) y necesitas electricidad de la red porque la estás reparando o se descompuso, primero debes firmar un contrato de interconexión (el acuerdo para conectarte al sistema eléctrico). Después, si aplica, también tienes que contratar el servicio de luz con un proveedor. Esto aplica solo cuando usas electricidad de respaldo por mantenimiento o falla.
Texto oficial
Artículo 60. En el caso en que la Central Eléctrica ligada a un permiso de generación en autoconsumo modalidad interconectado requiera el Suministro Eléctrico para cubrir sus necesidades por mantenimiento o falla, se debe celebrar el contrato de interconexión correspondiente y, en su caso, contratar dicho servicio.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.