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Ley
REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico
Artículo
63

Artículo 63 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que tanto el gobierno como las empresas o personas particulares pueden construir plantas de electricidad (Centrales Eléctricas) y todo lo que se necesita para su funcionamiento. Pero para hacerlo, deben seguir los pasos legales: primero, hacer los trámites ante el CENACE (el organismo que controla el sistema eléctrico en México) y pedir los permisos y autorizaciones que exigen la ley, el reglamento y las reglas generales aplicables. En pocas palabras, cualquiera puede generar electricidad, pero siempre con permiso del CENACE y cumpliendo con los requisitos oficiales.

Texto oficial

Artículo 63. El Estado y las personas particulares pueden desarrollar proyectos de Centrales Eléctricas y su infraestructura asociada. Para tales efectos, deben llevar a cabo los trámites correspondientes ante el CENACE y REGLAMENTO DE LA LEY DEL SECTOR ELÉCTRICO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 03-10-2025 18 de 71 solicitar las autorizaciones y permisos correspondientes en los términos previstos en la Ley, el presente reglamento y en las disposiciones administrativas de carácter general que resulten aplicables.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico (pág. 17) ↗

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