Artículo 63 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que tanto el gobierno como las empresas o personas particulares pueden construir plantas de electricidad (Centrales Eléctricas) y todo lo que se necesita para su funcionamiento. Pero para hacerlo, deben seguir los pasos legales: primero, hacer los trámites ante el CENACE (el organismo que controla el sistema eléctrico en México) y pedir los permisos y autorizaciones que exigen la ley, el reglamento y las reglas generales aplicables. En pocas palabras, cualquiera puede generar electricidad, pero siempre con permiso del CENACE y cumpliendo con los requisitos oficiales.
Texto oficial
Artículo 63. El Estado y las personas particulares pueden desarrollar proyectos de Centrales Eléctricas y su infraestructura asociada. Para tales efectos, deben llevar a cabo los trámites correspondientes ante el CENACE y REGLAMENTO DE LA LEY DEL SECTOR ELÉCTRICO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 03-10-2025 18 de 71 solicitar las autorizaciones y permisos correspondientes en los términos previstos en la Ley, el presente reglamento y en las disposiciones administrativas de carácter general que resulten aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.