Artículo 71 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el consejo de administración de una empresa pública ya aprobó un proyecto, la empresa tiene que elegir a personas externas (como contratistas o proveedores) siguiendo reglas claras y justas. Esto significa que debe ser transparente, sin gastar de más, hacer las cosas a tiempo y comprobar cómo se usó el dinero. Para eso, el propio consejo de administración debe publicar unos lineamientos o instrucciones en el Diario Oficial de la Federación, que es como el periódico oficial del gobierno donde se publican las leyes y reglas. Así todos pueden saber cómo se hicieron las selecciones.
Texto oficial
Artículo 71. Una vez que haya sido aprobado el proyecto por su consejo de administración, la Empresa Pública del Estado debe llevar a cabo el procedimiento para la selección de las personas particulares en apego a los principios de transparencia, racionalidad, eficiencia, oportunidad y rendición de cuentas, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto emita el consejo de administración, los cuales deben ser publicados en el Diario Oficial de la Federación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.