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Ley
REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico
Artículo
72

Artículo 72 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tú, como persona común, quieres participar junto con el gobierno en un proyecto de desarrollo mixto (donde el Estado y los particulares colaboran), tienes que cumplir ciertos requisitos. Puedes hacerlo como persona física (tú como individuo), como persona moral (una empresa o asociación) o como fideicomiso (un fondo administrado por un banco). Eso sí, ese negocio o entidad debe estar creado legalmente según las leyes de México y tener su dirección oficial dentro del país. En resumen, solo pueden participar mexicanos o empresas constituidas en México y con domicilio aquí.

Texto oficial

Artículo 72. Las personas particulares que participen de manera conjunta con el Estado en proyectos bajo esquemas para el desarrollo mixto, deben ser personas físicas, morales o fideicomisos, constituidos conforme a las leyes mexicanas y con domicilio en el territorio nacional.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico (pág. 19) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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