Artículo 73 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el gobierno se asocia con una empresa privada para hacer un proyecto (como una carretera o un hospital), ese proyecto tiene que durar solo un tiempo fijo, no para siempre. Ese tiempo debe ser el suficiente para que se recupere todo el dinero que se invirtió, pero sin pasarse de 30 años. En otras palabras, la sociedad entre el gobierno y la empresa no puede ser eterna, tiene un límite máximo de tres décadas. Esto asegura que ambas partes sepan desde cuándo va a terminar el negocio.
Texto oficial
Artículo 73. Los proyectos bajo esquemas para el desarrollo mixto deben ser por tiempo determinado. El plazo de vigencia de los proyectos debe permitir la amortización financiera del total de las inversiones que se hayan efectuado, el cual no debe exceder de treinta años.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.