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Ley
REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico
Artículo
78

Artículo 78 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La empresa de luz del gobierno está obligada a pagar toda la electricidad que genera tu planta desde el momento en que empiece a operar de manera oficial. También tiene que pagarte por cualquier otro producto que se genere junto con la electricidad, como subproductos. En pocas palabras, desde que tu central eléctrica comience a funcionar comercialmente, la empresa pública debe cubrir todo lo que produzcas.

Texto oficial

Artículo 78. La Empresa Pública del Estado debe realizar los pagos correspondientes a la energía eléctrica producida, así como por los Productos Asociados a partir de la entrada en operación comercial de la Central Eléctrica.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico (pág. 20) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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