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Ley
REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico
Artículo
86

Artículo 86 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La empresa pública puede participar de dos maneras: aportando algo o asociándose. Si aporta, puede dar dinero, permisos, derechos o cualquier cosa que tenga, como bienes materiales o derechos de uso. Si se asocia, lo hace con personas particulares, y juntos definen qué le toca a cada quién en el negocio o proyecto.

Texto oficial

Artículo 86. La participación de la Empresa Pública del Estado puede ser mediante aportación o asociación. En la primera modalidad puede aportar a un vehículo jurídico o financiero, capital, derechos de uso, aprovechamiento y explotación de los bienes de su propiedad, permisos, autorizaciones y cualquier otro derecho o bien tangible o intangible. En la segunda modalidad, puede asociarse con personas particulares y determinar sus derechos y obligaciones en el vehículo jurídico o financiero correspondiente.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico (pág. 22) ↗

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