Artículo 99 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el CENACE (quien controla el sistema eléctrico) y las empresas de luz deben ponerse de acuerdo por escrito sobre cómo actuar cuando hay fallas. También deben definir las instrucciones que el CENACE da para manejar esas situaciones. Todo esto tiene que estar anotado en reglas o manuales oficiales que hablen del suministro, la transmisión y la distribución de electricidad. Nada de improvisar; todo debe quedar claro en los documentos.
Texto oficial
Artículo 99. Los procedimientos de coordinación entre el CENACE, las Integrantes del Sector Eléctrico y Participantes del Mercado, para la atención a fallas, así como las instrucciones operativas del CENACE, deben establecerse en los instrumentos normativos correspondientes relacionados con el Suministro Eléctrico y el Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica. Capítulo III Del Acceso Local
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.