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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LSEM/113
Ley
REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano
Artículo
113

Artículo 113 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te dieron permiso para tomar vacaciones o una licencia, tienes que empezar a disfrutarlas máximo 15 días naturales después de que te avisaron que te la autorizaron. Si no las inicias en ese tiempo, ese permiso ya no vale y se cancela. Para poder tomarlas después, vas a tener que pedir una nueva autorización.

Texto oficial

ARTÍCULO 113.- Las autorizaciones para disfrutar vacaciones o licencias se considerarán canceladas si éstas no se inician dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de comunicación de la respectiva autorización, en cuyo caso, el interesado deberá solicitar una nueva autorización.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano (pág. 35) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.