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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LSEM/29
Ley
REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano
Artículo
29

Artículo 29 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el sueldo de los empleados contratados en el país donde trabajan se va a acordar según las leyes locales y el dinero disponible en el presupuesto. Además, esos empleados no tendrán derecho a que les paguen boletos de avión, viáticos (como dinero para comidas o transporte) o gastos para mudarse o instalarse.

Texto oficial

ARTÍCULO 29.- Los emolumentos de los empleados contratados localmente, se pactarán tomando en cuenta la legislación del país sede, así como la suficiencia presupuestaria. Los empleados contratados localmente no tendrán derecho a recibir pasajes, viáticos o gastos de instalación.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano (pág. 8) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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