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Ley
REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano
Artículo
28

Artículo 28 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres jefe de una representación (como una oficina del gobierno), necesitas pedir permiso a la Secretaría antes de contratar, renovar o terminar el contrato de un empleado local. Si no lo haces, te pueden meter en problemas y recibir una sanción administrativa, que es como un castigo por no seguir las reglas del trabajo.

Texto oficial

ARTÍCULO 28.- La celebración, renovación y rescisión de los contratos de los empleados contratados localmente, únicamente podrá llevarse a cabo con la autorización previa de la Secretaría. El incumplimiento de esta disposición dará lugar a responsabilidad del Jefe o Titular de Representación y a la imposición de sanciones administrativas.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano (pág. 8) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.