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Artículo 35 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para entrar a trabajar como diplomático o agregado administrativo en el Servicio Exterior Mexicano, primero se publica una convocatoria. Esa convocatoria debe salir en el Diario Oficial de la Federación por lo menos 90 días antes del concurso y también en internet y otros medios para que todos se enteren. Ahí se dice cuántas vacantes hay, cómo son los exámenes y entrevistas, y si se aplican reglas especiales para que haya igualdad entre hombres y mujeres. Solo se hace el concurso si hay plazas libres, y un grupo de personas se encarga de organizar todo el proceso.

Texto oficial

ARTÍCULO 35.- La convocatoria deberá contener el texto de los artículos 28, 31, 32 y 33 de la Ley, será publicada en el Diario Oficial de la Federación al menos noventa días antes de la celebración de la primera etapa del concurso, debiendo darle publicidad en los medios electrónicos institucionales y, adicionalmente, en otros medios de difusión que garanticen su conocimiento por la población en general. La convocatoria deberá indicar, además, el número de vacantes de agregado diplomático y agregado administrativo “D” que podrán ser cubiertas, así como las características de los exámenes, entrevistas, cursos y experiencia práctica, previstas en el artículo 28 de la Ley. La convocatoria podrá promover medidas afirmativas con miras a lograr la paridad de género y de oportunidades entre mujeres y hombres que ingresen al Servicio Exterior. REGLAMENTO DE LA LEY DEL SERVICIO EXTERIOR MEXICANO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 27-05-2025 13 de 58 La realización de los concursos estará sujeta a la disponibilidad de plazas vacantes. La Subcomisión de Ingreso quedará facultada para desarrollar el concurso de ingreso en los términos de la convocatoria. Artículo reformado DOF 02-11-2018

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.