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Ley
REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano
Artículo
41

Artículo 41 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las personas que entran a trabajar de por vida en el Servicio Exterior (los diplomáticos de carrera) tienen que prometerle al Secretario de Relaciones Exteriores que serán leales y servirán bien a México. Además, deben portarse siempre con legalidad (respetando las leyes), honradez (sin corrupción), imparcialidad (sin favoritismos) y eficiencia (haciendo bien su trabajo). Todo esto es obligatorio desde el momento en que ingresan al servicio.

Texto oficial

ARTÍCULO 41.- Quienes conforme a la Ley y al presente Reglamento ingresen al Servicio Exterior de carrera deberán rendir protesta de lealtad y servicio ante el Secretario, así como conducir su actuación con apego a la legalidad, honradez, imparcialidad y eficiencia. CAPÍTULO II Del Escalafón y Antigüedad

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano (pág. 15) ↗

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