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Ley
REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
Artículo
106

Artículo 106 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres vender gasolina, diésel, gas LP o productos químicos derivados del petróleo, necesitas un permiso aparte para cada uno. No puedes sacar un solo permiso que cubra todo. Por ejemplo, el permiso para vender gas LP (el gas de las pipas o tanques) es completamente independiente del permiso para vender otros combustibles como la gasolina. En pocas palabras, cada tipo de producto tiene su propio trámite y no se pueden mezclar.

Texto oficial

Artículo 106. El permiso de Comercialización debe otorgarse de manera independiente para Hidrocarburos, Petrolíferos o Petroquímicos, según corresponda. Para el caso específico del permiso de Comercialización de Gas Licuado de Petróleo, este a su vez debe ser otorgado de manera independiente a los demás Petrolíferos.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos (pág. 33) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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