Artículo 114 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las personas que tienen permiso para operar almacenes de gasolina o diésel deben asegurarse de que el producto que reciben y entregan mantenga su calidad y sea medido correctamente, siguiendo las reglas oficiales. Si varios de estos almacenes están conectados entre sí, pueden ponerse de acuerdo y crear un plan común para medir el combustible juntos y así cumplir con su responsabilidad. En pocas palabras, los dueños de los almacenes son los encargados de que el producto llegue en buen estado y de pesar bien lo que entra y sale, aunque pueden cooperar entre ellos para hacerlo más fácil.
Texto oficial
Artículo 114. Las personas Permisionarias de Almacenamiento son responsables de conservar la calidad y de realizar la medición del producto recibido y entregado en su Sistema, de conformidad con la Normatividad aplicable. Lo anterior, sin perjuicio de que las personas Permisionarias cuyos Sistemas se encuentren interconectados formalicen protocolos de medición conjunta para cumplir con las responsabilidades señaladas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.