Artículo 132 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las empresas que tienen permiso para distribuir gas natural por tuberías deben incluir en su plan de negocios, como parte de desarrollar sus sistemas, ofrecer el servicio a gasolineras o a usuarios finales (como casas o negocios), tal como lo pide la ley. Además, la Secretaría de Energía, la Comisión Reguladora de Energía y la Agencia de Seguridad deben ponerse de acuerdo para crear las reglas sobre cómo compartir la infraestructura de tuberías de gas natural con el biometano (un gas renovable).
Texto oficial
Artículo 132. Las personas Permisionarias de Distribución por medio de Ductos de Gas Natural, deben contemplar dentro de su plan de negocios, y como parte del desarrollo de los Sistemas, la prestación del servicio a REGLAMENTO DE LA LEY DEL SECTOR HIDROCARBUROS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 03-10-2025 40 de 88 personas Permisionarias de Expendio al Público o personas Usuarias Finales conforme al artículo 83, fracción II de la Ley. La Secretaría, la Comisión y la Agencia se deben coordinar para establecer la Normatividad para el uso compartido de la infraestructura de Distribución por medio de Ductos de Gas Natural con el biometano.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.