Artículo 135 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si compras gasolina o gas a través de una empresa que lo distribuye por tuberías, en tu factura deben aparecer separados el costo del producto y el de cada servicio que pagaste para que te lo entreguen. No pueden cobrarte todo junto sin desglose. Esto lo exige la ley y el reglamento correspondiente.
Texto oficial
Artículo 135. Cuando las personas Permisionarias de Distribución por medio de Ductos vendan el producto, deben desagregar en su facturación el precio del producto, así como cada uno de los servicios involucrados en su entrega, conforme a lo previsto en la Ley y el presente reglamento. Sección Novena Del Expendio al Público
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.