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Artículo 149 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un permiso que te dio la Secretaría o la Comisión, y quieres actualizarlo, debes pedirlo siguiendo las reglas que ellas publiquen para eso. Además, si cambia quién controla la empresa dueña del permiso (por ejemplo, si se venden muchas acciones), eso cuenta como un cambio grande que modifica las condiciones originales con las que te dieron el permiso. Por eso, necesitas que la Secretaría o la Comisión evalúe y apruebe ese cambio, y para que te autoricen, debes seguir el procedimiento que marca el artículo 143 o 144 de este reglamento, según el caso. También tienes que pagar los derechos o aprovechamientos correspondientes antes de que te lo autoricen.

Texto oficial

Artículo 149. Las actualizaciones de los permisos otorgados por la Secretaría o la Comisión deben solicitarse conforme a la Normatividad que para tal efecto se emita. Para efectos del artículo 86, cuarto párrafo de la Ley, y debido a que el cambio de control de la estructura accionaria modifica las condiciones iniciales mediante las cuales el permiso fue otorgado, requieren la evaluación y aprobación de la Secretaría o la Comisión, para su autorización debe seguirse el procedimiento señalado en los artículos 143 o 144 de este reglamento, según corresponda, previo pago de derechos o aprovechamientos. Capítulo V De las Cesiones de los Permisos

Ver ley oficial en el DOF (pág. 44) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.