Artículo 151 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si quieres cambiar un permiso para que dos empresas compartan dueños o acciones (lo que llaman participación cruzada), tienes que pedirle permiso a la Secretaría de Energía. Para eso, tu solicitud debe incluir un documento donde esa Secretaría ya te haya autorizado el cambio, según lo que dice el artículo 118 de la Ley. En otras palabras, no puedes hacer el trámite si no tienes primero esa autorización por escrito.
Texto oficial
Artículo 151. La solicitud de modificación por cesión del permiso que implique una participación cruzada debe incluir la autorización por parte de la Secretaría a que se refiere el artículo 118, tercer párrafo de la Ley. REGLAMENTO DE LA LEY DEL SECTOR HIDROCARBUROS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 03-10-2025 45 de 88
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