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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LSH/151
Ley
REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
Artículo
151

Artículo 151 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres cambiar un permiso para que dos empresas compartan dueños o acciones (lo que llaman participación cruzada), tienes que pedirle permiso a la Secretaría de Energía. Para eso, tu solicitud debe incluir un documento donde esa Secretaría ya te haya autorizado el cambio, según lo que dice el artículo 118 de la Ley. En otras palabras, no puedes hacer el trámite si no tienes primero esa autorización por escrito.

Texto oficial

Artículo 151. La solicitud de modificación por cesión del permiso que implique una participación cruzada debe incluir la autorización por parte de la Secretaría a que se refiere el artículo 118, tercer párrafo de la Ley. REGLAMENTO DE LA LEY DEL SECTOR HIDROCARBUROS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 03-10-2025 45 de 88

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos (pág. 44) ↗

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