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Artículo 154 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para empezar a operar, quien tiene un permiso necesita pedir autorización a la Secretaría o a la Comisión. Eso se hace llenando un formato de solicitud como lo marca el reglamento. O sea, no puedes arrancar tu actividad nada más porque tengas el permiso; primero debes cumplir con ese paso.

Texto oficial

Artículo 154. Las personas Permisionarias requieren autorización por parte de la Secretaría o la Comisión para iniciar las operaciones, para lo cual debe presentar la solicitud correspondiente, en términos de la Normatividad aplicable.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 45) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.