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Artículo 155 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Quienes tengan un permiso para manejar o usar ciertos servicios de transporte tienen la obligación de tener y mantener vigente un seguro de daños. Este seguro debe cubrir los daños que le puedas causar a otras personas o a sus cosas. También tienes que comprobar que ese seguro cumple con las reglas que establezcan las autoridades como la Agencia, la Secretaría y la Comisión, según lo que les toque revisar a cada una. Todo esto es para que puedas responder por los accidentes o problemas que ocurran mientras hagas las actividades que te permite tu permiso.

Texto oficial

Artículo 155. Las personas Permisionarias están obligadas a contar y mantener vigentes los seguros por daños, los cuales deben incluir en sus alcances lo necesario para cubrir los daños a terceros, además de acreditar que estos cumplen con los términos que establezca la Normatividad que al efecto emitan la Agencia, la Secretaría y la Comisión, en el ámbito de sus competencias, para hacer frente a las responsabilidades en que puedan incurrir por la realización de actividades permisionadas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 45) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.