Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 156 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Tienes que medir y entregar documentos oficiales que digan cuánto producto tienes y de qué calidad es, siguiendo las reglas que pongan la Secretaría o la Comisión. Es como cuando te piden una factura o un reporte con datos exactos para demostrar que todo está en orden.

Texto oficial

Artículo 156. Las personas Permisionarias deben realizar la medición y proporcionar los documentos en los que se señale el volumen y las especificaciones de calidad de los productos autorizados, de acuerdo con la Normatividad que para el efecto emitan la Secretaría o la Comisión.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 45) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.