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Ley
REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
Artículo
156

Artículo 156 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Tienes que medir y entregar documentos oficiales que digan cuánto producto tienes y de qué calidad es, siguiendo las reglas que pongan la Secretaría o la Comisión. Es como cuando te piden una factura o un reporte con datos exactos para demostrar que todo está en orden.

Texto oficial

Artículo 156. Las personas Permisionarias deben realizar la medición y proporcionar los documentos en los que se señale el volumen y las especificaciones de calidad de los productos autorizados, de acuerdo con la Normatividad que para el efecto emitan la Secretaría o la Comisión.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos (pág. 45) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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