Artículo 157 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes un permiso para manejar hidrocarburos (como gasolina o petróleo), tienes la obligación de poder demostrar que los compraste de manera legal. La Secretaría o la Comisión te pueden pedir los papeles o documentos que comprueben que todo está en orden, siguiendo las reglas que ellas mismas publiquen.
Texto oficial
Artículo 157. Las personas Permisionarias están obligadas a comprobar la procedencia y adquisición lícita de los Hidrocarburos, Petrolíferos y Petroquímicos conforme al artículo 119, fracción V de la Ley. La Secretaría o la Comisión deben requerir la información o documentación que compruebe lo señalado en el párrafo anterior, en los términos de la Normatividad que para tal efecto emitan. REGLAMENTO DE LA LEY DEL SECTOR HIDROCARBUROS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 03-10-2025 46 de 88 Las personas Permisionarias de las actividades que establece el artículo 76 de la Ley, están obligadas a utilizar las herramientas digitales, tecnológicas, aplicaciones electrónicas que la Secretaría o la Comisión determinen en la Normatividad que emitan.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.