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Artículo 169 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que la Secretaría de Energía considere que un proyecto es estratégico y ayude a que el sistema de gas natural funcione bien en todo el país, tiene que cumplir tres cosas. Primero, el proyecto debe encajar en alguna de las características que ya marca la ley (en el artículo 103). Segundo, necesita una opinión técnica a favor de la Comisión, la cual debe darse en un plazo de veinte días hábiles después de que la Secretaría la pida. Tercero, el proyecto debe ayudar a cumplir las metas del gobierno en energía, sobre todo en lo que toca al almacenamiento y a que no falten los combustibles.

Texto oficial

Artículo 169. Para que la Secretaría considere un proyecto como estratégico para garantizar el desarrollo eficiente del Sistema de Transporte y Almacenamiento Nacional Integrado de Gas Natural debe contar con los siguientes elementos: I. Que la naturaleza del proyecto cumpla con al menos alguna de las características a que se refiere el artículo 103, tercer párrafo de la Ley; II. Que tenga la opinión técnica favorable de la Comisión, la cual debe ser emitida dentro de los veinte días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud de la Secretaría, y REGLAMENTO DE LA LEY DEL SECTOR HIDROCARBUROS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 03-10-2025 49 de 88 III. Que el proyecto cumpla con los objetivos de la política pública en materia energética aplicable a los niveles de Almacenamiento y a la garantía de suministro de Hidrocarburos. Capítulo IX De la Regulación Económica Sección Primera De los Términos y Condiciones para la Prestación de los Servicios

Ver ley oficial en el DOF (pág. 48) ↗

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