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Artículo 183 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las personas o empresas que tienen un permiso especial (llamadas permisionarias) tienen que seguir las reglas económicas cuando hagan convenios o descuentos con sus clientes. Además, están obligadas a avisarle a la Secretaría o a la Comisión correspondiente dentro de los 10 días hábiles siguientes a que firmen esos acuerdos. Días hábiles son los que no son sábado, domingo ni festivos. Si no cumplen con esto, recibirán un castigo según lo que diga la ley.

Texto oficial

Artículo 183. Las personas Permisionarias deben sujetarse en todo momento a la regulación económica en los acuerdos convencionales o descuentos que celebren para tal efecto, y deben informarlo a la Secretaría o la Comisión en un plazo no mayor a diez días hábiles posteriores a la firma de los acuerdos convencionales o descuentos. El incumplimiento a lo dispuesto en el párrafo anterior debe ser sancionado en términos de la Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 53) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.