Artículo 197 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si una empresa quiere tener acciones o negocios en varias partes del mismo giro (como televisoras y radios al mismo tiempo), necesita pedir permiso a la Secretaría. Si no lo hace, la Secretaría puede rechazar su solicitud, ponerle una multa o incluso quitarle los permisos que ya tiene para operar. Básicamente, si haces cosas que no te autorizaron, te pueden sancionar.
Texto oficial
Artículo 197. La Secretaría tiene la facultad de desechar las solicitudes de autorización de participación cruzada y, en su caso, imponer multas e iniciar procedimiento de revocación de permisos a aquellas personas Permisionarias que desarrollen actividades de participación cruzada sin la autorización respectiva.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.