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Artículo 215 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien actúa como mediador o Testigo Social, tiene que seguir reglas muy claras como ser honesto, justo y no tomar partido por ninguna de las personas involucradas. También debe mantener en secreto todo lo que se hable en el proceso, cumplir con la ley y actuar de manera eficiente, sin perder tiempo. En pocas palabras, tiene que ser neutral y objetivo, siempre buscando que las cosas se resuelvan de forma equitativa y legal.

Texto oficial

Artículo 215. La participación de las personas mediadoras o Testigos Sociales debe regirse por los principios de buena fe, confidencialidad, equidad, honestidad, imparcialidad, legalidad, neutralidad, eficiencia, eficacia y objetividad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 59) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.