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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LSH/215
Ley
REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
Artículo
215

Artículo 215 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien actúa como mediador o Testigo Social, tiene que seguir reglas muy claras como ser honesto, justo y no tomar partido por ninguna de las personas involucradas. También debe mantener en secreto todo lo que se hable en el proceso, cumplir con la ley y actuar de manera eficiente, sin perder tiempo. En pocas palabras, tiene que ser neutral y objetivo, siempre buscando que las cosas se resuelvan de forma equitativa y legal.

Texto oficial

Artículo 215. La participación de las personas mediadoras o Testigos Sociales debe regirse por los principios de buena fe, confidencialidad, equidad, honestidad, imparcialidad, legalidad, neutralidad, eficiencia, eficacia y objetividad.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos (pág. 59) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.