Artículo 226 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el dueño de un terreno puede perder sus derechos o que el gobierno pueda cancelar el permiso de uso si se usa el terreno para algo diferente a lo que se acordó cuando se pidió el permiso. Por ejemplo, si pidieron usar el terreno para poner un gasoducto y luego lo usan para construir algo completamente distinto, eso no está permitido. La única excepción es cuando el nuevo uso es solo una actividad secundaria que ayuda a la principal, como poner un camino de acceso para dar mantenimiento al gasoducto. Si el uso extra no es algo complementario, entonces se puede cancelar el acuerdo.
Texto oficial
Artículo 226. La causal de recisión o declaración de insubsistencia a que se refiere el artículo 147, fracción II, inciso b) de la Ley, es procedente cuando el uso que se realiza en el terreno sea distinto o adicional a aquél que justificó su afectación, siempre que dicho uso no corresponda a una actividad complementaria al uso principal. Capítulo IV De la Manifestación de Impacto Social del Sector Energético y de la Consulta Previa Sección Primera REGLAMENTO DE LA LEY DEL SECTOR HIDROCARBUROS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 03-10-2025 63 de 88 Del Estudio de Impacto Social y de la Manifestación de Impacto Social del Sector Energético
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