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Ley
REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
Artículo
232

Artículo 232 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría te va a dar un permiso definitivo sobre cómo tu proyecto energético afecta a las comunidades. Ese documento es obligatorio y no puedes empezar a construir nada hasta que lo tengas en tus manos. Aplica para cualquiera que tenga permisos o contratos para proyectos de energía. En pocas palabras: primero sacas el permiso social, luego empiezas la obra.

Texto oficial

Artículo 232. La autorización definitiva que emita la Secretaría sobre la Manifestación de Impacto Social del Sector Energético es un requisito obligatorio, y las personas Asignatarias, Contratistas, Permisionarias o Autorizadas deben obtenerla previo a que se inicie el desarrollo de la infraestructura.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos (pág. 64) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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