Artículo 239 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para calcular el monto de inversión total anual que menciona el artículo 235, las empresas públicas del gobierno pueden usar sus programas de inversión social, siempre y cuando esos programas incluyan lo que dicen los artículos 233, 234 y 235, estén por escrito en sus documentos, y sigan sus reglas internas y las instrucciones que dé la Secretaría.
Texto oficial
Artículo 239. Para la determinación del monto de inversión total anual establecido en el artículo 235, fracción V de este reglamento, las empresas públicas del Estado pueden considerar lo dispuesto en sus programas de inversión social institucional, siempre que dichos programas incorporen los elementos señalados en los artículos 233, 234 y 235 de este reglamento, se encuentren documentados y alineados a sus propias normas internas y a la Normatividad que emita la Secretaría.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.