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Ley
REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
Artículo
24

Artículo 24 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 24 dice que cuando se quiera echar para atrás una decisión o acuerdo (revocación), hay que seguir las reglas del artículo 19 de la Ley. Además, aunque se haga la revocación, la persona que causó el problema todavía puede recibir multas o castigos de la ley, y también tiene que pagar por los daños que causó. O sea, no porque se cancele el asunto se libra de cumplir con sus obligaciones.

Texto oficial

Artículo 24. El procedimiento de revocación se debe llevar a cabo en términos de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley, y sin menoscabo de las sanciones legales y administrativas a que haya lugar, así como del resarcimiento de los daños y perjuicios causados.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos (pág. 10) ↗

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