Artículo 24 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 24 dice que cuando se quiera echar para atrás una decisión o acuerdo (revocación), hay que seguir las reglas del artículo 19 de la Ley. Además, aunque se haga la revocación, la persona que causó el problema todavía puede recibir multas o castigos de la ley, y también tiene que pagar por los daños que causó. O sea, no porque se cancele el asunto se libra de cumplir con sus obligaciones.
Texto oficial
Artículo 24. El procedimiento de revocación se debe llevar a cabo en términos de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley, y sin menoscabo de las sanciones legales y administrativas a que haya lugar, así como del resarcimiento de los daños y perjuicios causados.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.