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Artículo 241 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría te da una autorización temporal para tu proyecto de energía, pero con condiciones. Esto pasa cuando se necesita hacer una Consulta Previa (preguntar a las comunidades afectadas) o cuando otras reglas lo pidan. Una vez que tú (como empresa o persona con permiso) demuestres que ya cumpliste con esas condiciones o estudios extra que surgieron de la consulta, la Secretaría tiene 45 días hábiles (sin contar fines de semana ni festivos) para decidir si te da el permiso definitivo o te lo niega. Ese plazo puede alargarse otros 45 días si el asunto es muy complicado, según lo que ellos consideren.

Texto oficial

Artículo 241. La Secretaría debe emitir la autorización condicionada de la Manifestación de Impacto Social del Sector Energético, además de lo señalado en el artículo 155, fracción II de la Ley, por los siguientes supuestos: I. Cuando se determine la procedencia de la Consulta Previa para el proyecto, y II. Cualquier otra que señale la Normatividad aplicable. Una vez que las personas Asignatarias, Contratistas o interesadas en obtener un permiso o autorización, informen que han cumplido con las condicionantes o, en su caso, los estudios adicionales derivados del resultado de la Consulta Previa y no considerados en la Manifestación de Impacto Social del Sector Energético, la Secretaría debe resolver si procede autorizarla de forma definitiva, o bien negarla, en un plazo de cuarenta y cinco días hábiles REGLAMENTO DE LA LEY DEL SECTOR HIDROCARBUROS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 03-10-2025 66 de 88 contados a partir del día siguiente a que haya sido entregada la información, el cual puede ser prorrogable por un plazo igual, cuando la complejidad del asunto lo amerite a juicio de la Secretaría.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 65) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.