Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LSH/306
Ley
REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
Artículo
306

Artículo 306 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 306 dice que si el gobierno ocupa temporalmente un negocio o interviene en él, no puede pasar por encima de los derechos de otras personas que ya habían hecho acuerdos de buena fe con el permiso original. Por ejemplo, si ya había contratos de trabajo, ventas o compromisos civiles, esos derechos se respetan. Además, las autoridades tienen que hacer todo lo posible para que esos acuerdos sigan siendo válidos y funcionando durante el proceso.

Texto oficial

Artículo 306. La ocupación temporal o intervención no afectan derechos adquiridos por terceras personas de buena fe relacionados directamente con el permiso, los cuales pueden ser laborales, mercantiles, civiles, entre otros, y se debe procurar la continuidad de sus efectos jurídicos.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos (pág. 78) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.