Artículo 328 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes un permiso para trabajar con hidrocarburos y el gobierno te puso bajo supervisión por algún problema, puedes pedir que terminen esa supervisión antes de lo previsto. Para lograrlo, debes demostrar que ya resolviste o eliminaste por completo las fallas que provocaron que te pusieran bajo vigilancia. La autoridad que te supervisa tiene hasta 20 días hábiles para revisar tu solicitud y darte una respuesta, contando desde el día en que les avises que ya todo está en orden. Si la autoridad no te responde en ese tiempo, se considera que tu petición fue rechazada, pero aún puedes volver a presentar una nueva solicitud si lo deseas.
Texto oficial
Artículo 328. La persona Permisionaria puede solicitar la terminación anticipada de la intervención, cuando acredite la subsanación o erradicación de las causas que le dieron origen. REGLAMENTO DE LA LEY DEL SECTOR HIDROCARBUROS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 03-10-2025 81 de 88 La autoridad que llevó a cabo la intervención debe evaluar y resolver dicha solicitud en un plazo no mayor a veinte días hábiles contado a partir de que la persona Permisionaria notifique la subsanación o erradicación de las causas que originaron la intervención. En caso de no emitirse una resolución por parte de la autoridad que llevó a cabo la intervención dentro del plazo establecido para ello, debe entenderse en sentido negativo. En caso de que no se haya emitido una resolución o haya sido en sentido negativo, la persona Permisionaria mantiene el derecho para ingresar una nueva solicitud de terminación anticipada. Capítulo II De la Revocación y Caducidad de Autorizaciones y Permisos
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.