Artículo 72 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 72 dice que la persona o empresa que tiene una concesión minera debe pedir un permiso especial a la Secretaría (la dependencia del gobierno encargada) para poder cumplir con lo que ordena el artículo 56 de la Ley. Además, tiene que seguir todas las reglas que marcan las normas oficiales en la materia. Básicamente, no basta con tener la concesión, también necesitas un permiso extra y cumplir con los requisitos legales.
Texto oficial
Artículo 72. Para el cumplimiento del artículo 56, párrafo noveno de la Ley, la persona concesionaria minera debe presentar a la Secretaría la solicitud de autorización correspondiente y debe cumplir con los requerimientos establecidos en la Normatividad aplicable.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.