Artículo 75 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría tiene la obligación de establecer las reglas para que cualquier persona pueda consultar la información y los documentos que se mencionan en una parte específica de la Ley. Para hacerlo, debe seguir lo que dicen otras leyes, como la de Planeación y Transición Energética y la de Transparencia. También tiene que acatar su propio reglamento y cualquier otra norma que ella misma publique sobre el tema.
Texto oficial
Artículo 75. La Secretaría debe definir los mecanismos y criterios para que el público en general tenga acceso a la información y documentación a que se refiere el Título Segundo, Capítulo V de la Ley, para lo cual se debe estar a lo establecido en la Ley de Planeación y Transición Energética, su reglamento, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y demás Normatividad que para tal efecto emita la Secretaría. Sección Primera De la Información Estratégica del Subsuelo
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.