Artículo 9 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando pidas una autorización de las que habla el artículo 65 de la Ley, la Secretaría tiene hasta 25 días hábiles para darte una respuesta. Ese plazo empieza a contar desde que ellos reciban toda la información que pide la norma. Si pasan esos 25 días y la Secretaría no te dice nada, se considera automáticamente que tu solicitud fue aprobada. Esto significa que si no resuelven a tiempo, la autorización se da por hecha a tu favor.
Texto oficial
Artículo 9. Para el caso de las autorizaciones a que hace referencia el artículo 65 de la Ley, la Secretaría cuenta con un plazo máximo de veinticinco días hábiles para resolver sobre la solicitud de autorización, contado a partir de que reciba la información necesaria conforme a los requisitos establecidos en la Normatividad que para el efecto emita la Secretaría. Si transcurrido dicho plazo, la Secretaría no emite una resolución, la autorización se entiende otorgada en sentido favorable, conforme a lo previsto en la Ley.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.