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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LSH/97
Ley
REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
Artículo
97

Artículo 97 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Según este artículo, mover gasolina, diésel u otros derivados del petróleo de un contenedor a otro solo se puede hacer de ciertas formas. Por ejemplo, solo puedes pasar el combustible desde un camión cisterna, un contenedor especial o un carro tanque hacia depósitos fijos en refinerías, gasolineras o plantas de gas. También aplica al revés, de esas instalaciones fijas al vehículo. Además, está permitido hacerlo para entregar combustible a negocios que tengan permiso para venderlo a personas que lo usan para su propio consumo, siempre y cuando ese permiso esté vigente.

Texto oficial

Artículo 97. El Transvase solo puede llevarse a cabo desde Buque-tanque, Semirremolque, Carro-tanque o Auto- tanque hacia las instalaciones fijas de los Sistemas de Almacenamiento, Distribución, Formulación, Refinación de Petróleo y Licuefacción de Gas Natural y viceversa, así como para la entrega de Petrolíferos a instalaciones permisionadas para el Despacho para Autoconsumo que cuenten con permiso vigente.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos (pág. 31) ↗

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