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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LSM_060647/110
Ley
REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Artículo
110

Artículo 110 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si decides alistarte como voluntario en el Ejército, vas a firmar un contrato con el gobierno. Ese contrato lo hace la Secretaría de la Defensa Nacional y no puede durar más de 3 años. Básicamente, te comprometes a servir por un tiempo máximo de 3 años.

Texto oficial

ARTICULO 110.- Los voluntarios que se enganchen en el Ejército celebrarán un contrato con el Estado en los términos que fije la Secretaría de la Defensa Nacional, por un plazo que no deberá exceder de 3 años.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar (pág. 15) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.