Artículo 109 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada año, la Secretaría de la Defensa Nacional decide cuántas personas pueden entrar como voluntarias al servicio militar. Ese número es el tope máximo que se permite; no pueden aceptar a más de eso. O sea, si quieres enlistarte por tu propia voluntad, solo habrá cupo para un límite fijado por adelantado.
Texto oficial
ARTICULO 109.- La Secretaría de la Defensa Nacional fijará anualmente el número máximo de individuos que se puedan admitir como voluntarios. REGLAMENTO DE LA LEY DEL SERICIO MILITAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 06-06-1947 15 de 38
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.