Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 122 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que cuando te dan el resultado de una propuesta para un ascenso, te tienen que avisar y tú tienes la obligación de presentarte al examen correspondiente. Si no te presentas o repruebas, no puedes volver a presentar ese examen hasta que pasen dos años. Si cumples con todo, entonces te dan el nombramiento oficial del puesto.

Texto oficial

ARTICULO 122.- Las resoluciones que recaigan a las propuestas para ascenso serán comunicadas a los interesados, quienes estarán obligados a presentarse al examen. Si no lo hicieren o resultaren reprobados, no podrán sustentar nuevo examen sino pasados dos años; satisfechos los requisitos indicados se les expedirá el nombramiento respectivo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.