Artículo 121 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 121 dice que los exámenes teórico-prácticos (que mezclan preguntas escritas con ejercicios prácticos) se harán cuando y como lo ordene la Secretaría de la Defensa Nacional. También deben seguir las mismas reglas que se usan en las Escuelas Militares de Formación. En pocas palabras, estos exámenes no son cualquier cosa, sino que se aplican con la misma seriedad y requisitos que en esas escuelas.
Texto oficial
ARTICULO 121.- Los exámenes teórico-prácticos que se mencionan en los artículos anteriores se practicarán en la forma y fechas que determine la Secretaría de la Defensa Nacional y se sujetarán a las mismas formalidades que se exigen en las Escuelas Militares de Formación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.