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Artículo 129 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres reservista y no te presentas a las prácticas militares en los días y horas que te marcaron en tu cartilla o en los programas oficiales, te van a castigar con un arresto de 1 a 15 días. Eso significa que te pueden detener por un período corto como sanción disciplinaria. No importa la excusa, si no asistes, aplica el castigo.

Texto oficial

ARTICULO 129.- Al reservista que no se presentare en los días y horas para instrucción, fijados en la cartilla o programas que al efecto se formulen se le impondrá disciplinariamente un arresto de uno a quince días

Ver ley oficial en el DOF (pág. 17) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.