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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LSM_060647/13
Ley
REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Artículo
13

Artículo 13 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien del ejército deje su lugar (por ejemplo, por renuncia o enfermedad), se va a llamar a otra persona para reemplazarlo. Esa persona se escoge de entre el 20% de ciudadanos que salieron sorteados para servicio, según dice otro artículo. El reemplazo tiene que ser del mismo municipio que la persona a la que va a sustituir. Además, para elegir al sustituto, se tomará a los que tengan el número más bajo del sorteo.

Texto oficial

ARTICULO 13.- Para cubrir las bajas que ocurran en las diversas unidades, se llamará al servicio al personal que por virtud del sorteo, constituye el 20% a que se alude en el artículo anterior. Los sustitutos deberán ser del mismo Municipio al que pertenezca el sustituido y los llamados en cada caso serán los de número más bajo.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar (pág. 2) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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