Artículo 13 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando alguien del ejército deje su lugar (por ejemplo, por renuncia o enfermedad), se va a llamar a otra persona para reemplazarlo. Esa persona se escoge de entre el 20% de ciudadanos que salieron sorteados para servicio, según dice otro artículo. El reemplazo tiene que ser del mismo municipio que la persona a la que va a sustituir. Además, para elegir al sustituto, se tomará a los que tengan el número más bajo del sorteo.
Texto oficial
ARTICULO 13.- Para cubrir las bajas que ocurran en las diversas unidades, se llamará al servicio al personal que por virtud del sorteo, constituye el 20% a que se alude en el artículo anterior. Los sustitutos deberán ser del mismo Municipio al que pertenezca el sustituido y los llamados en cada caso serán los de número más bajo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.