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Artículo 13 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien del ejército deje su lugar (por ejemplo, por renuncia o enfermedad), se va a llamar a otra persona para reemplazarlo. Esa persona se escoge de entre el 20% de ciudadanos que salieron sorteados para servicio, según dice otro artículo. El reemplazo tiene que ser del mismo municipio que la persona a la que va a sustituir. Además, para elegir al sustituto, se tomará a los que tengan el número más bajo del sorteo.

Texto oficial

ARTICULO 13.- Para cubrir las bajas que ocurran en las diversas unidades, se llamará al servicio al personal que por virtud del sorteo, constituye el 20% a que se alude en el artículo anterior. Los sustitutos deberán ser del mismo Municipio al que pertenezca el sustituido y los llamados en cada caso serán los de número más bajo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.