Artículo 145 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres hombre en edad de servicio militar (entre 18 y 40 años aproximadamente) y te cambias de casa, tienes 5 días para avisarle a las oficinas de reclutamiento de tu municipio, tanto del lugar donde vivías antes como del nuevo. Puedes hacerlo en persona o por escrito. Si lo haces por escrito, debes usar un formulario especial (el modelo número 7) que te dan gratis en las oficinas de correos; no necesitas pagar estampillas ni porte. Cuando entregues el aviso, te sellarán una copia como comprobante de que cumpliste.
Texto oficial
ARTICULO 145.- Todos los mexicanos de edad militar están obligados a dar aviso de cambio de domicilio dentro de los cinco días de verificado éste, personalmente o por escrito, a las Juntas Municipales de Reclutamiento tanto del antiguo domicilio como del nuevo lugar de residencia. Si el aviso se da por escrito deberá formularse precisamente en los machotes (modelo número 7) que proporcionarán gratuitamente las Oficinas de Correos y no devengará porte; al depositarse el aviso se sellará el duplicado para constancia del cumplimiento de la obligación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.