Artículo 155 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Cartilla de Identificación del Servicio Militar Nacional es un documento que, por ley, no te pueden negar si eres mexicano y estás en la edad para hacer el servicio militar (normalmente a los 18 años). Sin embargo, si no has cumplido con tus obligaciones militares, como presentarte al sorteo o hacer tu servicio, las autoridades te van a reportar a quien corresponda para que te investiguen o sancionen. En pocas palabras, te dan el documento, pero no te libra de haber fallado en tus deberes del servicio militar.
Texto oficial
ARTICULO 155.- La Cartilla de Identificación no podrá ser negada por ningún motivo, a los mexicanos que la soliciten dentro de la edad militar, pero serán consignados a las autoridades correspondientes cuando no hayan cumplido con los deberes militares que de acuerdo con su edad los impone la Ley del Servicio Militar y este Reglamento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.