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Ley
REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Artículo
171

Artículo 171 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Oficial Mayor de la Secretaría de la Defensa Nacional se encarga de ponerse de acuerdo con el Secretario de la misma dependencia para organizar cómo y cuándo se va a hacer el reclutamiento militar (el proceso para llamar a los jóvenes a cumplir con el servicio militar). Después de ese acuerdo, él da las órdenes sobre todo lo relacionado con ese proceso. Básicamente, este artículo dice quién tiene la responsabilidad de planear y dirigir cómo se llama a la gente para el servicio militar.

Texto oficial

ARTICULO 171.- El Oficial Mayor de la Secretaría de la Defensa Nacional acordará con el Secretario y ordenará todo lo relativo al reclutamiento militar.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar (pág. 22) ↗

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