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Ley
REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Artículo
170

Artículo 170 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Oficina Central de Reclutamiento es una oficina que se encarga de coordinar el servicio militar, y depende de la Dirección de Personal de la Secretaría de la Defensa Nacional. Esto quiere decir que esta oficina recibe órdenes y está organizada bajo el mando de esa dirección. Básicamente, es como una pieza más dentro de la estructura de la Secretaría de la Defensa, que es la institución que maneja todo lo relacionado con el ejército en México.

Texto oficial

ARTICULO 170.- La Oficina Central de Reclutamiento dependerá orgánicamente de la Dirección de Personal de la Secretaría de la Defensa Nacional.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar (pág. 22) ↗

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