Artículo 183 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Oficina de Reclutamiento de Sector es como el jefe directo de las Juntas Municipales de Reclutamiento (que son las que reclutan en los municipios), pero también es como el segundo al mando de la Oficina de Reclutamiento de Zona. Su trabajo es pasarle a la Oficina de Zona todos los asuntos que necesiten ser revisados o resueltos en una segunda vuelta.
Texto oficial
ARTICULO 183.- La Oficina de Reclutamiento de Sector constituye el organismo inmediato superior de las Juntas Municipales de Reclutamiento y el inmediato inferior de la Oficina de Reclutamiento de Zona, a la que turnará todos aquellos asuntos que en segunda instancia debe conocer y resolver.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.