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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LSM_060647/204
Ley
REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Artículo
204

Artículo 204 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres un joven que tiene que presentarte al servicio militar (los conscriptos), tienes un plazo para llegar a la Junta Municipal de Reclutamiento. Si pasan cuatro días después de esa fecha y no te presentaste, la Junta te va a reportar con el Ministerio Público Militar, que es como la autoridad que maneja los asuntos legales del ejército. Antes de hacer ese reporte, los de la Junta van a levantar un acta, que es un documento donde dejan por escrito que no te presentaste. En pocas palabras, si no vas cuando te toca, después de cuatro días te pueden meter en un lío legal con los militares.

Texto oficial

ARTICULO 204.- Al cuarto día de la fecha en que deben presentarse los conscriptos, la Junta Municipal de Reclutamiento consignará al Ministerio Público Militar a quienes no se hubieren presentado, levantando previamente, una acta en la que se haga constar la falta de presentación. Artículo reformado DOF 17-10-1944

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar (pág. 29) ↗

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